Congreso de Quintana Roo analiza qué conducta cambiará en el Código Penal

Código Penal de Quintana Roo durante análisis legislativo.

Una iniciativa turnada a la Comisión de Justicia propone elevar la pena por presentar denuncias falsas. La conducta ya está tipificada; el cambio recaería en los años de prisión y en la forma de armonizar dos proyectos legislativos sobre el mismo delito.

Presentar una denuncia que no termina en sentencia condenatoria no convierte automáticamente al denunciante en responsable de un delito. La modificación penal que estudia el Congreso de Quintana Roo se dirige a una conducta más precisa: acusar a una persona sabiendo que es inocente, denunciar un delito que se sabe inexistente o colocar indicios para atribuirle responsabilidad.

La iniciativa más reciente fue presentada en la sesión del 17 de agosto de 2026 y turnada a la Comisión de Justicia. Su contenido no crea una nueva figura penal; propone aumentar la sanción prevista en el artículo 224 del Código Penal estatal.

Qué castiga actualmente el Código Penal de Quintana Roo

El artículo 224 contempla dos supuestos. El primero sanciona a quien presenta una denuncia o querella falsa contra otra persona, con conocimiento de que es inocente o de que el delito nunca ocurrió. El segundo alcanza a quien coloca objetos, documentos u otros elementos para hacer aparecer culpable a alguien que no participó en el hecho.

La legislación vigente establece una pena de seis meses a dos años de prisión y de 10 a 60 días multa. Cuando la persona señalada llega a ser declarada penalmente responsable debido a la acusación falsa, el propio artículo fija una sanción de dos a cinco años de prisión.

El proyecto promovido por el diputado Wilbert Alberto Batún Chulim mantendría la descripción de la conducta y elevaría la pena principal a un rango de tres a seis años de prisión. La multa permanecería entre 10 y 60 días.

En términos cotidianos, la modificación tendría efecto sobre cualquier persona que acuda ante el Ministerio Público y formule intencionalmente una imputación falsa. También abarcaría la fabricación o colocación deliberada de indicios contra una persona inocente.

Una denuncia no comprobada no equivale a una denuncia falsa

La diferencia jurídica depende del conocimiento y de la intención. Una investigación puede cerrarse por falta de pruebas, concluir sin acción penal o terminar con una absolución sin que eso demuestre que la denuncia fue inventada.

La Suprema Corte ha establecido, al estudiar delitos de esta naturaleza, que no basta con que el procedimiento termine sin una acusación formal. Es indispensable acreditar que el denunciante conocía la falsedad de los hechos cuando acudió ante la autoridad.

Esa distinción conserva el derecho de las personas a informar hechos posiblemente delictivos, incluso cuando todavía no cuenten con todos los elementos probatorios. La sanción se concentra en la utilización deliberada del sistema penal para imputar hechos inexistentes o atribuirlos a una persona inocente.

Dos propuestas plantean penas diferentes

La Comisión de Justicia tiene turnada otra iniciativa sobre el mismo artículo, presentada en mayo de 2026. Ese proyecto propone elevar la sanción a dos a siete años de prisión, aumentar la multa a un rango de 100 a 300 días y duplicar las penas cuando la conducta sea cometida por una persona servidora pública, además de establecer destitución e inhabilitación en determinados supuestos.

El trabajo legislativo deberá definir cuál rango resulta proporcional y cómo se integrarán ambas propuestas en un eventual dictamen. También será necesario armonizar el último párrafo del artículo 224: actualmente contempla de dos a cinco años cuando una persona inocente resulta condenada por la denuncia falsa, una penalidad que quedaría por debajo de algunos límites planteados para la conducta base.

Por ahora, ninguna de las dos iniciativas ha modificado el Código Penal. Ambas permanecen en proceso legislativo y requerirían dictamen, aprobación del Pleno y publicación en el Periódico Oficial para entrar en vigor.

La modificación con mayor contacto ciudadano no estaría en definir una conducta desconocida, sino en cambiar el peso penal de una acción ya sancionada: utilizar conscientemente una denuncia falsa para involucrar a una persona inocente en una investigación criminal.

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