Así es como podría resolverse la custodia de una mascota

La iniciativa propone que los actos civiles respeten la naturaleza sintiente de los animales.

Cuando una pareja se separa, el conflicto por un perro o un gato suele resolverse con recibos, cartillas veterinarias o testimonios sobre quién lo compró. Quedan en segundo plano la rutina del animal, su vínculo con cada persona, el espacio donde vivirá y quién puede mantener sus cuidados.

Una iniciativa ciudadana presentada en el Congreso de Quintana Roo busca modificar ese punto de partida. El proyecto de Carlos Marcelo Baquedano Gorocica propone incorporar al Código Civil el reconocimiento de los animales como seres sintientes, sujetos de consideración moral y trato digno. Fue turnado el 13 de julio de 2026 a las comisiones de Justicia y de Medio Ambiente; todavía no ha sido aprobado.

El monitoreo que originó esta cobertura identifica uno de sus posibles efectos cotidianos: determinar qué ocurriría con una mascota durante una separación y hasta dónde podría influir su bienestar en una decisión civil.

El Código Civil todavía parte de reglas patrimoniales

El Código Civil vigente de Quintana Roo coloca a los animales dentro del capítulo dedicado a los medios para adquirir la propiedad. Su artículo 1900 establece que la apropiación de animales domésticos se rige por las disposiciones aplicables a los bienes mostrencos, es decir, bienes abandonados o cuyo propietario se desconoce.

La iniciativa añadiría el artículo 1884 Bis para obligar a respetar la vida y procurar el bienestar de cada especie. También indicaría que los actos jurídicos relacionados con animales deben aplicar las reglas de bienes muebles o inmuebles únicamente cuando sean compatibles con su naturaleza sintiente.

El cambio tendría peso interpretativo: una mascota seguiría participando en relaciones de propiedad, contratos o responsabilidades económicas, pero ya no podría analizarse exclusivamente como un objeto intercambiable.

Quintana Roo ya reconoce constitucionalmente a los animales como seres sintientes y sujetos de consideración moral. La propuesta busca trasladar ese principio al terreno civil, donde se resuelven conflictos patrimoniales y familiares.

Mascota permanece entre dos personas durante una separación.

La iniciativa no crea una custodia compartida

El proyecto no incorpora artículos específicos sobre divorcio, custodia de mascotas, convivencias, gastos veterinarios o manutención. Tampoco enumera criterios para determinar quién conservaría al animal.

Por ello, su eventual aprobación no produciría automáticamente un régimen semejante al de la guarda y custodia de niñas y niños. La palabra “custodia” funciona aquí como una expresión cotidiana; jurídicamente podrían discutirse la posesión, propiedad, cuidado y bienestar del animal.

En ausencia de un acuerdo, una resolución podría considerar documentos que acrediten la relación de cada persona con la mascota: cartilla veterinaria, registro, contrato de adopción, comprobantes de alimento, tratamientos médicos y evidencia del cuidado cotidiano. La continuidad de su rutina, condiciones de vivienda, tiempo disponible y necesidades de salud podrían adquirir mayor relevancia mediante el principio de bienestar propuesto. Esta posibilidad es una inferencia jurídica; el texto presentado no impone todavía esos criterios.

Existe un ejemplo en otra entidad. La legislación de Nuevo León permite confiar los animales de compañía a uno o ambos cónyuges atendiendo al interés familiar y al bienestar animal, disposición reproducida por la Suprema Corte dentro del Amparo Directo 12/2021. Esa norma no se aplica directamente en Quintana Roo, pero muestra cómo un reconocimiento general puede convertirse en reglas concretas para una separación.

El acuerdo puede definir convivencia y gastos

La solución más clara seguiría siendo un convenio escrito. La pareja puede establecer dónde vivirá la mascota, cómo serán las convivencias, quién cubrirá alimento, vacunas, tratamientos y emergencias, además de qué ocurrirá durante vacaciones o cambios de domicilio.

Cuando no exista acuerdo, el reconocimiento como ser sintiente ofrecería un parámetro para impedir decisiones basadas únicamente en quién conserva una factura. Aun así, la reforma necesitaría desarrollo judicial o disposiciones adicionales para construir un procedimiento uniforme.

El efecto práctico estaría en desplazar el centro del conflicto: de demostrar quién posee al animal hacia identificar qué alternativa protege mejor su estabilidad, salud y cuidados. La iniciativa coloca ese principio dentro del Código Civil; convertirlo en una solución previsible para las familias dependerá del dictamen final y de las reglas que acompañen su aplicación.

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