El Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Quintana Roo ya opera con herramientas digitales, pero una nueva iniciativa pretende darles respaldo expreso dentro del Código Civil estatal. El cambio alcanzaría desde la forma de identificar un inmueble hasta la validez de certificados y resoluciones emitidos electrónicamente.
La propuesta fue leída el 2 de septiembre de 2026 durante la Comisión Permanente del Congreso. Un día después fue convocado el Quinto Periodo Extraordinario, cuya finalidad principal es integrar la Mesa Directiva del tercer año legislativo; la reforma registral fue presentada y enviada al proceso de análisis, por lo que todavía no debe presentarse como una modificación vigente.
El SIQROO pasaría de plataforma operativa a figura reconocida por el Código Civil
La transformación tecnológica no comienza con esta iniciativa. El Sistema Inmobiliario de Quintana Roo (SIQROO) fue presentado en agosto de 2025 y actualmente concentra información de más de un millón de bienes inmuebles y millones de antecedentes registrales digitalizados. La reforma busca incorporar esa plataforma directamente al marco jurídico que regula el Registro Público.
El proyecto propone que cada inmueble, persona o acto registrable se identifique mediante un folio registral electrónico y que SIQROO funcione como la base oficial y centralizada para recibir, consultar, verificar, certificar, inscribir, archivar y procesar la información registral.
Para el ciudadano, esto significa que la historia jurídica de una propiedad tendría un expediente digital ligado a un número único, sin cambiar los efectos legales que actualmente produce una inscripción.
Certificados digitales tendrían la misma validez que los documentos firmados a mano
Uno de los cambios más concretos está en los documentos emitidos por el propio Registro Público de la Propiedad. La iniciativa establece que podrán incorporar Firma Electrónica Avanzada, sello digital de tiempo, código QR y otros mecanismos de verificación electrónica.
Esos documentos tendrían la misma validez y eficacia jurídica que los suscritos con firma autógrafa, siempre que cumplan los mecanismos establecidos para comprobar autenticidad e integridad.
La reforma también formaliza tres accesos distintos al sistema: Portal Ciudadano, Portal de Notarios y Portal de Autoridades. En el caso de las notarías, el proyecto sí establece que su portal será el único medio de ingreso de trámites y servicios registrales. Los fedatarios contarían con 180 días naturales desde la entrada en vigor para migrar completamente sus trámites a ese canal.
Esto puede reducir expedientes físicos y traslados entre notarías y oficinas registrales, especialmente en operaciones de compraventa, hipotecas, cancelaciones o modificaciones que requieren inscripción.
Si el sistema falla, los documentos podrían recibirse físicamente
La digitalización tampoco eliminaría por completo una vía de contingencia. Si SIQROO deja temporalmente de operar por caso fortuito o fuerza mayor y existe una comunicación oficial, las delegaciones podrían recibir documentos físicamente y capturarlos posteriormente cuando el servicio sea restablecido.
Además, los folios, asientos, índices y antecedentes registrales existentes antes de la reforma conservarían plena validez jurídica. La propuesta concede también 90 días hábiles para actualizar el reglamento y emitir nuevos lineamientos de trámites y servicios.
La diferencia frente al Código Civil vigente es considerable. Hoy la norma todavía describe al Registro Público bajo un modelo construido alrededor del folio registral y una dependencia del Ejecutivo; la iniciativa incorpora expresamente la plataforma digital, los folios electrónicos y la autenticación tecnológica.
Para propietarios, compradores y notarios, el cambio más visible no sería crear un Registro diferente, sino dar fuerza legal permanente al sistema digital que ya comenzó a utilizarse en Quintana Roo.





