Palabras mayas registradas para vender productos y desarrollos

Cuatro palabras mayas aparecen en procedimientos por su utilización comercial.

Las palabras mayas dejaron de funcionar únicamente como referencias culturales o expresiones de una lengua viva. En el mercado inmobiliario del Caribe mexicano también se utilizan para nombrar residencias, complejos turísticos, productos de inversión y desarrollos habitacionales.

El Diario Oficial de la Federación publicó el 31 de julio de 2026 dos avisos del Instituto Nacional del Derecho de Autor, mediante los cuales comunidades mayas de Quintana Roo, Yucatán y Campeche pueden incorporarse a procedimientos relacionados con el uso comercial de Kuxtal, Myakaan, Mayakaan y Ka’an. Las publicaciones no constituyen una sentencia ni acreditan por sí mismas una infracción: forman parte de expedientes administrativos todavía en trámite.

Kuxtal aparece vinculada con Altura 1704 Proyectos

El expediente DPVDA/PIAPPC/001/2023 fue promovido por integrantes del Pueblo Maya y del Gran Consejo Maya de Quintana Roo contra Altura 1704 Proyectos S. de R.L. de C.V. y Carmen Esther Hernández Villaseñor.

El procedimiento señala el uso presuntamente no autorizado de la palabra Kuxtal dentro de una actividad inmobiliaria. El aviso oficial identifica a las personas promoventes, a la empresa y al vocablo, pero no detalla el nombre comercial completo del desarrollo, su ubicación exacta, el número de viviendas ni los productos ofrecidos bajo esa denominación.

Por esa razón, el expediente público permite establecer quiénes participan y qué palabra está bajo revisión, pero todavía no reconstruir toda la operación comercial asociada con Kuxtal. Tampoco informa si existe un registro vigente concedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o únicamente un uso empresarial del nombre.

Mayakaan identifica un desarrollo residencial y hotelero

El segundo expediente, DPVDA/PIAPPC/002/2024, fue promovido contra Desarrolladora Gredos S.A. de C.V., KL4 Construcciones S.A. de C.V. y José Antonio Vázquez Cortazar por el uso de los términos Myakaan, Mayakaan y Ka’an.

Desarrollo residencial comercializado con una palabra maya.

En este caso, la utilización comercial puede observarse públicamente en Mayakaan Residences Riviera Maya, presentado por Gredos Desarrollos Inmobiliarios como un complejo residencial, hotelero, médico y de bienestar ubicado en el corredor entre Cancún y Puerto Morelos. Su comercialización incluye departamentos turísticos, amenidades, operación hotelera y un modelo de inversión inmobiliaria.

El aviso del Indautor, sin embargo, no asigna individualmente cada vocablo a una empresa o producto. La documentación pública no precisa si Myakaan y Ka’an identifican marcas independientes, componentes del mismo complejo, sociedades comerciales o denominaciones empleadas en otros proyectos. Esa relación tendrá que establecerse con expedientes marcarios, contratos, publicidad y pruebas aportadas dentro del procedimiento.

Las comunidades interesadas cuentan con 15 días hábiles, calculados desde la última publicación, para adherirse a la queja, identificar a sus representantes, señalar la comunidad afectada y plantear una propuesta de solución.

Una marca comercial y un patrimonio colectivo no son lo mismo

La legislación federal reconoce que las lenguas y expresiones culturales forman parte del patrimonio colectivo de los pueblos indígenas. Su uso por terceros puede requerir consentimiento libre, previo e informado, además de condiciones que permitan una distribución justa de los beneficios económicos obtenidos.

Esto coloca dos figuras jurídicas en planos distintos. El IMPI administra registros de marcas para productos y servicios, mientras que el Indautor tramita estos procedimientos bajo la legislación de protección del patrimonio cultural. Contar con una marca solicitada o registrada no elimina automáticamente los derechos colectivos que pudieran existir sobre la expresión utilizada.

Por ahora, Altura 1704 Proyectos, Desarrolladora Gredos, KL4 Construcciones, Carmen Esther Hernández Villaseñor y José Antonio Vázquez Cortazar aparecen como partes señaladas, no como responsables declarados. La resolución deberá definir si los usos comerciales fueron autorizados, si afectaron derechos colectivos y qué salida corresponde.

El resultado puede modificar la manera en que los negocios convierten palabras mayas en nombres de venta. Para el mercado inmobiliario, elegir una identidad cultural ya no dependerá únicamente de que suene atractiva en un anuncio: también deberá acreditarse quién puede autorizarla y cómo participa el pueblo al que pertenece.

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