¿Qué derecho protege la capacidad jurídica de una persona con discapacidad en Quintana Roo?

Tener una discapacidad no significa perder automáticamente el derecho a decidir, celebrar actos jurídicos o contraer matrimonio. Esa es la idea central detrás de la capacidad jurídica, un concepto que el Código Civil de Quintana Roo modificó durante 2026 después de un proceso de consulta a personas con discapacidad.

En términos sencillos, la capacidad jurídica permite que una persona sea reconocida por la ley como titular de derechos y, además, pueda ejercerlos y tomar decisiones con consecuencias legales. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que ese reconocimiento debe existir en igualdad de condiciones con las demás personas y que, cuando sea necesario, deben existir apoyos para ejercerlo.

Eso alcanza decisiones cotidianas y trascendentes: administrar bienes, contratar, autorizar actos y también decidir si una persona quiere casarse.

Capacidad jurídica no significa poder hablar de una sola manera

Uno de los cambios más importantes está en separar dos cuestiones que durante años tendieron a confundirse: tener voluntad y poder expresarla mediante formas convencionales.

El actual artículo 383 del Código Civil de Quintana Roo establece que sólo puede considerarse que una voluntad no puede ser conocida cuando, aun después de realizar esfuerzos reales y pertinentes, y de proporcionar medidas de accesibilidad y ajustes razonables, no exista forma de manifestarla o conocerla.

Esto significa que una persona no debe quedar fuera de una decisión jurídica únicamente porque no habla, no escribe o utiliza una forma distinta de comunicación.

Los ajustes pueden incluir mecanismos accesibles o apoyos adecuados a cada persona. La lógica internacional es que esos recursos deben ayudar a expresar su propia voluntad y preferencias, no sustituirlas por la decisión de otra persona.

El matrimonio dejó de depender de varios impedimentos vinculados a discapacidad

La discusión llegó directamente a las reglas sobre el matrimonio.

En 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválidas diversas disposiciones del Código Civil de Quintana Roo relacionadas con discapacidad, voluntad y requisitos matrimoniales. Entre otras razones, determinó que normas capaces de afectar directamente a personas con discapacidad debieron ser precedidas por una consulta conforme a la Convención.

El Congreso desarrolló durante 2026 un proceso de consulta específicamente sobre capacidad jurídica, manifestación de voluntad y actos del estado civil como el matrimonio. Las etapas incluyeron información, deliberación, consulta y sistematización de resultados.

Ese proceso terminó con el Decreto 258, aprobado en junio y publicado el 23 de julio de 2026. La reforma eliminó varias disposiciones del artículo 700 que establecían impedimentos matrimoniales y modificó otras reglas del Código Civil.

El derecho protegido es decidir con efectos legales

La capacidad jurídica no garantiza que cualquier acto sea válido sin requisitos. Lo que protege es algo previo: que la discapacidad, por sí sola, no sea motivo para negar a una persona la posibilidad de decidir jurídicamente.

En materia matrimonial, el enfoque actual obliga primero a intentar conocer la voluntad mediante accesibilidad, ajustes razonables y formas adecuadas de comunicación.

El cambio coloca el centro en la persona: qué quiere decidir y qué apoyos necesita para poder expresarlo, en lugar de asumir incapacidad a partir de una condición física, sensorial, intelectual o psicosocial.

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